Dies a quo para el cómputo del plazo de caducidad de la acción de despido de un fijo discontinuo al servicio de la Administración

En el supuesto de una trabajadora que viene prestando servicios para la Administración pública como trabajadora fija discontinua y cesa en dicha prestación sin que se haya dictado resolución expresa, el plazo de caducidad de la acción de despido comienza a computar a partir de la fecha en la que la trabajadora interpone la reclamación previa administrativa.