Entre las medidas adoptadas, se adecua la regulación de los beneficios fiscales de las personas con discapacidad a la vigente estructura de la información suministrada por los certificados de reconocimiento de la situación de discapacidad, y se introducen otras mejoras que afectan principalmente a la deducción aplicable por las aportaciones a las sociedades cooperativas.
Se han actualizado los límites de renta para poder aplicar las deducciones que incluyen este requisito para su aplicación, se crea una deducción en la adquisición de acciones y participaciones en entidades canarias de nueva o reciente creación y se aprueba la nueva tarifa autonómica en todos sus tramos.
Se aprueba una nueva deducción aplicable a jóvenes que compaginen estudios y trabajo.
Con efectos desde el 29-10-2024, no se integran en la base imponible del Impuesto, en los términos de la LIRPF disp.adic.5ª, las rentas positivas que se pongan de manifiesto por la percepción de determinadas ayudas concedidas por la Comunitat Valenciana como consecuencia de determinadas catástrofes naturales.
Con efectos a partir del 25-12-2025, se extienden a las entidades sin personalidad jurídica que realizan actividades económicas la línea de ayudas directas previstas en el RDL 6/2024 art.11 para empresas y profesionales especialmente afectados por la DANA.
Desde el 26-8-2025, están exentas del Impuesto las ayudas por daños personales a las que se refiere el Acuerdo del Consejo de Ministros de 26-8-2025 por el que se declara zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil el territorio afectado como consecuencia de los incendios forestales y otras emergencias de protección civil acaecidas entre el 23 de junio y el 25 de agosto de 2025.
Se prorrogan a los ejercicios 2025 y 2026 los límites cuantitativos que delimitan el ámbito de aplicación del método de estimación objetiva que resultaron aplicables en los ejercicios 2016 a 2024.
Se prorroga al ejercicio 2026 la deducción por adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible y puntos de recarga.
Con efectos desde 1-1-2025, se mantiene el porcentaje de imputación de rentas inmobiliarias para evitar un incremento de la tributación derivado de la tenencia de inmuebles en 2025 respecto de la tributación que, en relación con tales inmuebles, se aplicó en 2024.
Con efectos desde 1-1-2025, se amplía el ámbito temporal de aplicación de estas deducciones.