En Asturias se introducen ciertas modificaciones en relación a las reducciones por la adquisición mortis causa e inter vivos de empresas individuales, negocios profesionales o participaciones en entidades por herederos con grado de parentesco con el causante o con el donante.
Se introducen mejoras en alguna de las deducciones existentes, afectando principalmente al arrendamiento de vivienda habitual, la adquisición o rehabilitación de vivienda y al cuidado de descendientes, y se crean nuevas deducciones, que afectan, entre otros, a los gastos de jóvenes, a descendientes en las que uno de sus progenitores haya fallecido en un accidente laboral y a la adquisición de acciones o participaciones de empresas de nueva o reciente creación.
Además de otras novedades relacionadas con las deducciones, resulta destacable la aprobación de nuevas deducciones relacionadas con el arrendamiento de viviendas vacías.