Consideración de inmueble apto para vivienda (RF 34/21 24 de Agosto de 2021 al 30 de Agosto de 2021)
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Al no haberse producido ninguna alteración del inmueble, el retraso en la obtención de la cedula de habitabilidad no impide en este caso considerar al inmueble como apto para ser utilizado como vivienda.