Titularidad del derecho a la información (RS 21/20 19 de Mayo de 2020 al 25 de Mayo de 2020)
La titularidad del derecho a recibir información y copia de documentos por parte del empresario pertenece a los delegados sindicales o a los representantes de los trabajadores y no a los sindicatos. Por su parte, el delegado sindical que haya cesado en su cargo o tenga extinguido su contrato carece de legitimación activa para accionar contra la empresa.