Con efectosdesde el 1-1-2018, en el supuesto de que el sujeto pasivo no tenga durante el período impositivo rentas superiores a 30.000 euros, excluidas las exentas, la deducción por cada descendiente menor de 3 años o adoptado se incrementa en 100 euros, siendo por tanto de 678 euros con carácter general y de 1.150 euros para las adopciones internacionales. En tributación conjunta se aprueba el límite de 60.000 euros para el conjunto de la unidad familiar.
Adicionalmente, con efectos desde el 1-1-2017, se introducen una serie de mejoras técnicas con el fin de actualizar las remisiones y referencias al IS.
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