En materia de instalaciones de telecomunicación se establece que, durante el plazo de 12 meses contado desde que la presente resolución produzca efectos, y en relación con las estaciones radioeléctricas del servicio de comunicaciones electrónicas en la banda de frecuencias de 790-862 MHz (banda de 800 MHz) ubicadas en suelo urbano o en suelo no urbano en cuyo entorno permanecen habitualmente personas, debe presentarse, ante la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, con carácter previo a la utilización del dominio público radioeléctrico, una certificación, sustitutiva de la inspección previa de la instalación de la estación, expedida por un técnico competente en materia de telecomunicaciones, de que la instalación realizada se ajusta al proyecto técnico aprobado o a las condiciones previamente autorizadas.
Esta certificación, única para cada estación, debe ser firmada por un técnico competente en materia de telecomunicaciones que garantice que está habilitado profesional y legalmente, que ha verificado la instalación de la estación, que incorpora una descripción fotográfica de los principales elementos de la instalación y, por último, que incluye la certificación del cumplimiento de los límites de exposición establecidos en el RD 1066/2001.
La certificación sólo produce efectos sustitutivos del acto de inspección cuando se acredite el pago de las tasas de telecomunicaciones.
La presentación de la certificación no supone la autorización para utilización del dominio público radioeléctrica, sino que es preciso para esto último que la revisión de la certificación sustitutiva haya tenido un resultado favorable.
La aplicación de esta resolución se extiende a todas las estaciones que a 12-5-16 se encuentren pendientes del trámite de solicitud de inspección técnica para la puesta en servicio.
La presentación de las certificaciones debe realizarse por medios electrónicos, utilizando los procedimientos y formularios establecidos al efecto, a través de la sede electrónica del Ministerio de Industria, Energía y Turismo.
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