Actualidad jurídica Suscríbase vía email

Sujeto pasivo del IIVTNU

Con efectos desde el 11-3-2012, se han aprobado una serie de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos. Estas medidas, con ciertas excepciones, son aplicables a los contratos de préstamo o crédito garantizados con hipoteca inmobiliaria cuyo deudor se encuentre situado en el umbral de exclusión (ver nº 92 Memento Fiscal 2012) y que estén vigentes a la fecha de su entrada en vigor.
Entre las medidas sustitutivas de la ejecución hipotecaria se establece la dación en pago de la vivienda habitual (ver nº 92 Memento Fiscal 2012). En este caso, en las transmisiones realizadas por los deudores comprendidos en el ámbito de aplicación expuesto en el párrafo anterior, con ocasión de la dación en pago de su vivienda prevista en el RDL 6/2012 Anexo aptdo.3, se considera sujeto pasivo sustituto del contribuyente a la entidad que adquiere el inmueble. El sustituto no está facultado para exigir del contribuyente el importe de las obligaciones tributarias satisfechas.

Imprimir

Envíe su comentario:

(los campos con asteriscos son obligatorios)

Este Blog no dispone de servicio gratuito de asesoramiento, por lo que su comentario solo podrá ser respondido por otros lectores.

Si necesita una respuesta profesional, le recomendamos realice su pregunta desde el siguiente enlace desde donde podrá establecer un contacto privado con un abogado.

Acepto las condiciones legales

Debes superar la prueba del captcha antes de enviar el formulario. ¡Gracias!


Atención al cliente

Si tienes dudas ponte en contacto con nosotros a través de clientes@lefebvreelderecho.com o llamando al 91 210 80 00 o 902 44 33 55.

Por teléfono

Lo más rápido es llamarnos al 91 210 80 00 o 902 44 33 55, te atenderemos de 8:30h a 20:00h de Lunes a Viernes.

Envío gratis

Envío gratuito a partir de 30€ (excepto Canarias, Ceuta y Melilla).

Devoluciones

Hasta dos meses desde que recibes el pedido para devolver la compra si no has quedado satisfecho (excepto Producto Electrónico que son 15 días).