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Residuos en Castilla- La Mancha

Es competencia de las comunidades autónomas el otorgamiento de la autorización del traslado de residuos desde o hacia países de la Unión Europea, así como las de los traslados en el interior del territorio del Estado y la inspección, y en su caso, sanción derivada de los citados regímenes de traslados por ello resulta procedente atribuir las competencias en esta materia a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha para inspeccionar los traslados de residuos que se realicen entre su territorio y los Estados miembros de la Unión Europea (L 22/2011 art.12 ).
Por ello el presente plan de inspección de traslados transfronterizos de residuos tiene por objeto dar cumplimiento a tal atribución competencial y a las exigencias recogidas en el Rgto CE/1013/2006 relativo a los traslados de residuos y, concretamente, a controlar e inspeccionar los traslados de residuos entre Castilla-La Mancha y los países pertenecientes a la Unión Europea y ejercer las funciones de inspección y sanción que procedan, en su caso, detectando actuaciones de traslados transfronterizos de residuos contrarias a la normativa aplicable y con el fin último de garantizar la protección del medio ambiente y de la salud humana.
En el plan han de incluirse los siguientes elementos:
a) Los objetivos y prioridades de las inspecciones.
b) La zona geográfica a la que se aplica el plan.
c) la información indicativa sobre las inspecciones previstas.
d) las tareas asignadas a cada una de las autoridades.
e) los dispositivos de cooperación entre las autoridades que participen en las inspecciones.
f) la información sobre la formación de los inspectores y sobre los recursos humanos, financieros y de otro tipo destinados a la ejecución del plan de inspección.
Las inspecciones tienen entre sus objetivos principales detectar y, en su caso, controlar actuaciones de traslados transfronterizos de residuos contrarias a la norma, así como los traslados ilícitos de residuos, con especial énfasis a aquellos de mayor riesgo al medio ambiente teniendo en cuenta las cantidades y peligrosidad de los residuos, los que supongan un mayor incumplimiento de la normativa o los que se disponga de menor información.

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