Desde el 1-1-2015 el límite del importe de los rendimientos del trabajo hasta el que no existe obligación de retener se fija en las siguientes cuantías:
Situación del contribuyente | Número de hijos y otros descendientes | ||
0/ Euros | 1/ Euros | 2 o más/ Euros | |
1.ª Contribuyente soltero, viudo, divorciado o separado legalmente | – | 14.266 | 15.803 |
2.ª Contribuyente cuyo cónyuge no obtenga rentas superiores a 1.500 euros anuales, excluidas las exentas | 13.696 | 14.985 | 17.138 |
3.ª Otras situaciones | 12.000 | 12.607 | 13.275 |
Comentarios: 0 comentarios