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Régimen de cobertura de la asistencia sanitaria respecto de los españoles residente en el exterior

El derecho a la protección de la salud de este colectivo se rige conforme al Estatuto de la ciudadanía española en el exterior (L 40/2006) y su normativa de desarrollo. Además se regulan los siguientes supuestos en los que los españoles de origen residentes y trabajadores por cuenta ajena en terceros Estados (no en la UE, en el EEE o Suiza) que se desplacen temporalmente a España tienen derecho a la asistencia sanitaria en España con cargo a fondos públicos a través del Sistema nacional de Salud, siempre que no tuvieran cobertura prevista al amparo de:
.- las disposiciones de la Seguridad Social nacional española;
.- las disposiciones de la Seguridad Social del Estado de procedencia;
.- las disposiciones de convenios internacionales de Seguridad Social establecidos al efecto.

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