Con efectos desde el 18-12-2013 se prevé la posibilidad de que, mediante Orden de la Consejería competente en materia de Hacienda, se establezca para los colaboradores sociales en la gestión la presentación de los modelos del ITP y AJD e ISD de manera obligatoria por medios telemáticos.
Asimismo, resulta obligatoria la presentación telemática de las autoliquidaciones correspondientes para los sujetos pasivos de los documentos negociados por entidades colaboradoras.
NOTA
Se deroga, en relación con el procedimiento de comprobación limitada, la regulación relativa a las propuestas de liquidación con acuerdo. Asimismo queda sin efecto la regulación de los acuerdos de valoración previa vinculante (DLeg Extremadura 1/2013 art. 66, 67 y 77 derog L Extremadura 6/2013; L Extremadura 6/2013 disp.derog.única).
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