Con efectos a partir del 1-1-2014 la Orden referenciada aprueba los precios medios de venta aplicables en la gestión del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD), Impuesto sobre Sucesiones y pa (ISD) e Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte (IMT).
Las reglas para su aplicación no varía respecto a las vigentes en años anteriores.
Los precios que se fijan corresponden a los vehículos de turismo, vehículos todoterreno y motocicletas, así como a las embarcaciones de recreo y motores marinos.
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