A partir del 1-1-2014, la aportación máxima para los medicamentos pertenecientes a los grupos ATC de aportación reducida se fija en 4,26 €.
Y los límites máximos de aportación mensual para las personas que ostenten la condición de asegurado como pensionistas de la Seguridad Social y sus beneficiarios según la renta consignada en la casilla de base liquidable general y del ahorro de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas:
a) Renta inferior a 18.000 euros: límite máximo de aportación mensual 8,26 €.
b) Renta igual o superior a 18.000 euros e inferior a 100.000: límite máximo de aportación mensual 18,59 €.
c) Renta superior a 100.000 euros: límite máximo de aportación mensual 62,00 €.
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