Excepto para admisiones a negociación de valores no participativos cuyo valor nominal unitario sea igual o superior a 100.000 euros, el folleto ha de contener un resumen que, elaborado en un formato estandarizado, de forma concisa y en un lenguaje no técnico, proporcione la información fundamental para ayudar a los inversores a la hora de determinar si invierten o no en dichos valores.
Se entiende por información fundamental, la información esencial y correctamente estructurada que ha de facilitarse a los inversores para que puedan comprender la naturaleza y los riesgos inherentes al emisor, el garante y los valores que se les ofrecen o que van a ser admitidos a cotización en un mercado regulado, y que puedan decidir las ofertas de valores que conviene seguir examinando.
La información fundamental comprende, como mínimo, lo siguiente:
a) Breve descripción de las características esenciales y los riesgos asociados con el emisor y los posibles garantes, incluidos los activos, los pasivos y la situación financiera.
b) Breve descripción de las características esenciales y los riesgos asociados con la inversión en los valores de que se trate, incluidos los derechos inherentes a los valores.
c) Condiciones generales de la oferta, incluidos los gastos estimados impuestos al inversor por el emisor o el oferente.
d) Información sobre la admisión a cotización.
e) Motivos de la oferta y el destino de los ingresos.
Asimismo, en dicho resumen se ha de advertir que:
– debe leerse como introducción al folleto;
– toda decisión de invertir en los valores debe estar basada en la consideración por parte del inversor del folleto en su conjunto; y
– no se puede exigir responsabilidad civil a ninguna persona exclusivamente sobre la base del resumen, a no ser que este resulte engañoso, inexacto o incoherente en relación con las demás partes del folleto, o no aporte, leída junto con las otras partes del folleto, información fundamental para ayudar a los inversores a la hora de determinar si invierten o no en los valores.
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