Con efectos a partir del 1-1-2016 se introducen en las reducciones de la parte general de la base imponible las siguientes modificaciones:
– se rebajan los límites de las aportaciones a planes de pensiones a 5.000 euros anuales con carácter general y a 7.000 euros anuales para mayores de cincuenta años;
– las reducciones por mínimo personal, familiar y por cuidado de descendientes, ascendientes, otros parientes y personas discapacitadas pasan a deducción en la cuota;
– se determina que las reducciones por aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social y por pensiones compensatorias se aplican conjuntamente con las reducciones por aportaciones y prestaciones de los sistemas de previsión social constituidos a favor de personas con discapacidad, por aportaciones realizadas al patrimonio protegido de las personas con discapacidad y por aportaciones y prestaciones de la Mutualidad de previsión social de deportistas profesionales (DFLeg Navarra 4/2008 disp.adic.13ª, 14ª y 15ª).
Se establece que la base liquidable especial de ahorro coincide con la parte especial del ahorro de la base imponible (DFLeg Navarra 4/2008 art.54).
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