Se modifica el tipo de gravamen, por este concepto impositivo, aplicable a las transmisiones de vehículos de turismo y de vehículos todo terreno que superen los 15 caballos de potencia fiscal, según la clasificación de precios medios de venta establecida anualmente por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
El porcentaje pasa a ser del 8%.
Esta modificación surte efectos para los hechos imponibles devengados a partir del 1-5-2012.
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