En el último año se han introducido importantes modificaciones en la regulación del IVA, entre las que destacan:
– la nueva regulación de las consecuencias de la declaración en concurso;
– la aplicación del régimen especial del criterio de caja;
– la exoneración de la obligación de presentar la declaración-resumen anual modelo 390 a determinados sujetos pasivos (nº 7106 Memento Fiscal 2014);
– la posibilidad desde el 1-1-2015 de recaudar e ingresar las cuotas del impuesto a la importación liquidadas por la Aduana en la declaración liquidación correspondiente al período en que se reciba el documento en el que conste la liquidación practicada.
Debido a lo anterior, ha sido necesario la modificación de determinados modelos de declaración.
A estos efectos, mediante la presente norma se procede a la sustitución de los siguientes modelos de declaración:
– con efectos 20-12-2014 el modelo 303 de autoliquidación periódica del IVA, si bien las modificaciones de casillas introducidas como consecuencia de la reforma del IVA (L 28/2014), se habilitan para los períodos de liquidación que se inicien a partir del 1-1-2015;
– con efectos 1-1-2015 el modelo 322 de autoliquidación mensual, modelo individual, correspondiente al Régimen Especial de Grupo de Entidades; y
– con efectos 20-12-2014 el modelo 390 de declaración-resumen.
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