Las entidades colaboradoras de la consejería con competencia en materia de medio ambiente en el ámbito de la calidad ambiental (ámbitos de prevención y control ambiental, calidad del medio ambiente atmosférico, calidad del medio hídrico, calidad del suelo y residuos) actúan a petición de las personas o entidades titulares de actividades o instalaciones en cumplimiento de una exigencia normativa, o por mandato expreso de la consejería competente.
Los ámbitos en los que pueden actuar estas entidades son:
Prevención y control ambiental | – Control ambiental – Verificación del comercio de emisión de gases de efecto invernadero – Verificación ambiental – Riesgos ambientales – Etiqueta ecológica – Otras actuaciones relacionadas con la prevención y control ambiental |
Calidad del medio ambiente atmosférico | – Contaminación atmosférica – Contaminación acústica – Contaminación lumínica |
Calidad del medio hídrico | |
Calidad del suelo | |
Residuos |
De acuerdo con los anteriores ámbitos, las funciones a desarrollar son:
Funciones generales | – certificación de que la ejecución del proyecto cumple los condicionantes impuestos en la resolución del procedimiento de prevención ambiental que corresponda; – comprobación de que se respeten los límites legales establecidos para la emisión o generación de contaminantes; – realización de actuaciones con objeto de comprobar que se cumplen las condiciones ambientales establecidas en las autorizaciones administrativas; – verificación de las emisiones de gases de efecto invernadero notificadas anualmente por las instalaciones afectadas por el régimen del comercio de derechos de emisión; – cualesquiera otros cometidos que les sean encargados por la consejería. |
Funciones específicas | – realización de controles periódicos y de medidas de control interno de emisiones a la atmósfera y niveles de calidad de aire; – medición de ruidos y vibraciones; – medición de parámetros asociados a la contaminación lumínica; – certificación, calibración y contraste de los aparatos de medida en continuo de emisión de contaminantes; – caracterización cualitativa y cuantitativa de los vertidos para solicitud de autorización de vertido; – realización de controles periódicos y de medidas de autocontrol de vertidos; – operaciones de toma de muestras dirigidas a identificar contaminantes; – estudio sobre el cumplimiento de los objetivos de calidad establecidos, niveles de contaminación o concentraciones de fondo en aguas; – comprobación del cumplimiento de la normativa de residuos peligrosos y de gestión de residuos, así como medidas correctoras en los procedimientos de prevención ambiental; – realización de actuaciones en las instalaciones para comprobar el cumplimiento de los condicionantes impuestos en procedimientos de prevención y control ambiental; – emisión de certificados de verificación en materia de responsabilidad ambiental; – remisión de informe de verificación y declaración del verificador en relación con las emisiones anuales de gases de efecto invernadero; – emisión de certificados o informes de cumplimiento de requisitos. |
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