Desde el 24-6-2012 la L 1/2012 mantiene la misma redacción introducida por la reforma propiciada por el RDL 9/2012, vigente desde el 18-3-2012, y que incluye la referencia a la inserción del proyecto en la página web de la sociedad o, en su caso, su depósito en el Registro Mercantil como fecha que marca el derecho de los acreedores a oponerse a la fusión o escisión.
Actualidad jurídica
Suscríbase vía email
Comentarios: 0 comentarios