Con efectos desde el 1-1-2015, el tipo de gravamen será el 19% cuando se trate se trate de contribuyentes residentes en otro Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo con el que exista un efectivo intercambio de información tributaria, en los términos previstos en L 36/2006 disp.adic.1ª.4 -medidas para la prevención del fraude fiscal-.
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