El plan de inspección ambiental se aprobó por L Andalucía 16/2002. Su ejecución debía llevarse a cabo mediante programas de inspección anuales elaborados y aprobados por la dirección general competente en planificación y coordinación de la vigilancia, inspección y control en materia de medio ambiente atmosférico, suelo y residuos, en coordinación con la Dirección competente en la vigilancia, inspección y control en materia de calidad del medio hídrico.
De acuerdo con ello se elabora el presente programa cuyo objeto es comprobar el grado de cumplimiento de los condicionados establecidos en las autorizaciones ambientales integradas y la verificación de su adecuación a la normativa ambiental. Además, se persiguen otros objetivos como son:
– continuar la implantación el sistema de inspección ambiental;
– ejecutar todas las inspecciones programadas de acuerdo con los resultados obtenidos en la evaluación de riesgos, priorizando las empresas con menor de grado de cumplimiento y mayor riesgo ambiental;
– inspeccionar las nuevas actividades IPPC en un plazo inferior a un año desde su puesta en marcha;
– identificar posibles situaciones de cese temporal de actividad o cierre definitivo de las instalaciones que no hayan sido comunicadas;
– verificar el estado de funcionamiento de instalaciones que, contando con autorización ambiental integrada, aún no han comunicado el inicio de actividad de acuerdo con lo establecido reglamentariamente;
– comprobar el cumplimiento de los planes de desmantelamiento aprobados por la consejería con competencias en materia medioambiental y de las condiciones relativas al cierre de las instalaciones establecidas en su autorización;
– poner a disposición del público este programa anual de inspección ambiental para 2016 y la publicación de los correspondientes informes de inspección;
– detectar actividades en las instalaciones inspeccionadas no incluidas en el alcance de la autorización ambiental integrada;
– aumentar la coordinación en la labor inspectora, mediante el desarrollo de protocolos de actuación y establecimiento de criterios comunes para las evaluaciones de conformidad con las distintas comprobaciones que han de realizarse por los equipos inspectores implicados;
– mejorar la formación de los equipos inspectores mediante el desarrollo de jornadas de formación para los funcionarios que realizan las inspecciones;
– realizar jornadas de coordinación entre los servicios centrales y las delegaciones territoriales que han de versar sobre la planificación, preparación de las visitas “in situ”, alcance y ejecución de la inspección, emisión de informes y seguimiento de medidas correctoras.
Las inspecciones que se lleven a cabo pueden ser, tanto inspecciones programadas como no programadas.
Actualidad jurídica
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