Se prorroga a los ejercicios sociales que se cierren en el año 2014 la medida que, a efectos de la insolvencia del deudor como presupuesto del concurso de acreedores, excluye del cómputo las pérdidas por deterioro reconocidas en las cuentas anuales, derivadas de:
– el inmovilizado material;
– las inversiones inmobiliarias; y
– las existencias o de préstamos y partidas a cobrar.
Actualidad jurídica
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