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Impuesto sobre las Labores del Tabaco. Presentación e ingreso del modelo 464

La Orden Canarias 17-5-2011 aprueba el modelo 460 de autoliquidación del Impuesto sobre las Labores del Tabaco y el modelo 461 de declaración de operaciones accesoria a la autoliquidación. Asimismo, la mencionada Orden aprueba el modelo 464 de autoliquidación del precio público por el suministro de las precintas de circulación de las labores del tabaco consistentes en cigarrillos.
Conforme a la Orden citada se preveía que el ingreso del precio público reseñado se realizara en la Caja de la Administración Tributaria Canaria. No obstante, la Orden Canarias 4-6-2012 suprimió las Cajas situadas en las Oficinas de Atención Tributaria de la Administración Tributaria Canaria y en las Oficinas de la empresa pública Gestión Recaudatoria de Canarias, S.A. Por consiguiente, ha sido preciso modificar, con efectos a partir del 20-6-2012, el modelo 464 contenido en el anexo IV de la Orden Canarias 17-5-2011 que queda como figura en el anexo I de Resolución.
En relación con el lugar de presentación del modelo 464 y del ingreso del precio público que se derive de las autoliquidaciones practicadas, el mismo podrá realizarse del siguiente modo:
1º. Ingreso en efectivo, en cuyo caso el modelo 464 podrá presentarse en cualquier entidad colaboradora autorizada.
2º. Mediante adeudo en cuenta, para lo cual el modelo 464 habrá de ser presentado en la entidad colaboradora autorizada en la que se desea realizar el cargo en cuenta.

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