Con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir del 1-1-2017, si las deducciones aplicadas por la participación en proyectos de investigación y desarrollo o innovación tecnológica superan las cantidades invertidas por parte del contribuyente en esos proyectos de investigación, desarrollo e innovación tecnológica, se integra en su base imponible la diferencia positiva entre las deducciones aplicadas y las cantidades desembolsadas para la financiación de los mencionados proyectos.
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