Se declara la exención del IRPF del premio al «Cortometraje más innovador» convocado por el Festival Internacional de Cine de San Sebastián, y se proclama su validez para sucesivas convocatorias si no se modifican los términos que motivan el expediente.
La entidad convocante del premio queda obligada a:
– comunicar al Departamento de Hacienda y Finanzas, dentro del mes siguiente a la fecha de la concesión los apellidos y el nombre o la razón social, el NIF y el domicilio fiscal de las personas premiadas, el premio concedido y la fecha de su concesión.
– si se trata de sucesivas convocatorias, a acompañar a la citada comunicación las bases de la convocatoria del premio.
Actualidad jurídica
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