Con efectos desde 10-2-2017, y exclusivamente para 2017, queda autorizado el Instituto gallego de la vivienda y suelo, en los casos de enajenación de terrenos destinados a la creación de suelo industrial y residencial, así como a parcelas o polígonos empresariales o residenciales terminados que se realicen a favor de las sociedades públicas con participación mayoritaria por el anterior organismo, a efectuar la enajenación con pago aplazado no superior a 10 años y sin repercusión de intereses.
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