Esta declaración contiene información sobre los actos o contratos sujetos a los referidos impuestos, exentos o no, que se presenten a inscripción en los Registros de la Propiedad, Mercantil y de Bienes Muebles.
La declaración debe presentarse de forma individual a la Agencia Tributaria de Andalucía a través de los Decanatos Territoriales de Registradores con sede en Andalucía, mediante remisión por vía electrónica, en la primera quincena de los meses de abril, julio, octubre y enero, y va referida al trimestre anterior respectivo.
La primera declaración afectada es la correspondiente al primer trimestre del año 2012, que debe presentarse en la primera quincena del mes de abril de 2012.
La orden de referencia recoge en su Anexo I la información a suministrar por los registradores de la Propiedad, por los Registradores Mercantiles y por los Registradores de Bienes Muebles y de prenda sin desplazamiento.
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