A partir del 1-1-2018, se modifica la obligación de suministro de información por operaciones de reducción de capital con devolución de aportaciones o de distribución de prima de emisión cuando en dichas operaciones intervenga algún intermediario a los que se refiere el RGGI art.42 (fedatarios públicos, entidades emisoras de títulos valores, etc.). Los intermediarios únicamente deben informar de los datos identificativos de la entidad que ha llevado a cabo la operación y de la fecha en la que se ha efectuado.
Por su parte, la propia entidad que realiza la operación debe presentar el modelo 198 incluyendo la información relativa a estas operaciones.
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