El 4-4-2013 se publicó en el BOE una corrección de errores del RDL 5/2013 que afecta, entre otras materias:
1) Al cuadro de edades para la jubilación parcial anticipada que contenía una errata (ver nº 4325 Memento Social 2013).
2) Se establece que el límite máximo de la pensión -que no puede ser superior a la cuantía resultante de reducir el tope máximo de mensión en un 0,50% por cada trimestre o fracción de trimestre de anticipación- no afecta a los trabajadores del Régimen especial de trabajadores del mar (ver nº 4290 y 9785 Memento Social 2013).
También se aclara que cualquier referencia a la edad ordinaria o legal de jubilación también alude al cuadro por el que se establece un período transitorio de incremento progresivo (LGSS disp.trans.20ª).
Por otro lado, considerando la mencionada norma reformada y su corrección de errores, se ofrece un nuevo cuadro de jubilaciones anticipadas que permite conocer todas las posibilidades existentes de jubilación previa a la edad ordinaria y sus requisitos. Cuadro que reemplazaría al recogido actualmente en el nº 4210 Memento Social 2013.
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