La entidad de derecho público Ente Gestor de Transportes y Puertos se denomina Entidad de Infraestructuras de la Generalitat, conservando su naturaleza de entidad de derecho público, y consiguientemente su personalidad jurídica, patrimonio propio, recursos y plena capacidad de obrar para la realización de sus fines. Esta modificación se realiza al amparo de lo dispuesto en DL C. Valenciana 7/2012.
Los fines son: la promoción, construcción y gestión de suelo, infraestructuras, equipamientos y edificaciones, así como la gestión, explotación y mantenimiento de las mismas y de aquellas otras ya existentes respecto de las cuales le sean atribuidas estas funciones, sean de su titularidad o le sean adscritas.
Para el cumplimiento de lo anterior la entidad puede realizar las obras y servicios que sean convenientes para la mejor construcción, gestión, conservación, mantenimiento y explotación del suelo, las infraestructuras, los equipamientos y las edificaciones, así como cuantas actividades de promoción económica y complementarias estime adecuadas para el cumplimiento del objeto; pudiendo asimismo, redactar, formular, tramitar y ejecutar cuantos instrumentos de planeamiento y gestión urbanística resulten adecuados para ello, de acuerdo con la legislación urbanística vigente.
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