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Coeficientes de actualización del valor de adquisición

Con efectos desde el 1-1-2013 se modifica la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013 al objeto de incluir la aplicación de los coeficientes del valor de adquisición sobre los elementos patrimoniales actualizados de acuerdo con la última actualización de balances aprobada por la L 16/2012 art.9.
De este modo, tratándose de elementos patrimoniales actualizados bien de acuerdo con lo previsto en el RDL 7/1996 art.5 o bien lo previsto en la L 16/2012 art.9, se aplicarán las siguientes reglas:
1ª Los coeficientes de actualización previstos para el IS (nº 2702 Memento Fiscal 2013) se aplican sobre el precio de adquisición y sobre las amortizaciones contabilizadas correspondientes al mismo, sin tomar en consideración el importe del incremento neto del valor resultante de las operaciones de actualización.
2ª La diferencia entre las cantidades determinadas por la aplicación de lo establecido en el número anterior se minora en el importe del valor anterior del elemento patrimonial. Para determinar el valor anterior del elemento patrimonial actualizado se toman los valores que hayan sido considerados a los efectos de aplicar los coeficientes de actualización.
3ª El importe que resulte de las operaciones descritas en el número anterior se minora en el incremento neto de valor derivado de las operaciones de actualización previstas en el RDL 7/1996 o en la L 16/2012, siendo la diferencia positiva así determinada el importe de la depreciación monetaria.
4ª Por último, la ganancia o pérdida patrimonial es el resultado de minorar la diferencia entre el valor de transmisión y el valor contable en el importe de la depreciación monetaria a que se refiere el número anterior.

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