Se crea el Consejo de la Huerta de Valencia como un consorcio con personalidad jurídica propia y plena capacidad cuyo objetivo es garantizar la pervivencia y promover la dinamización de las actividades agrarias. Ha de fomentar una agricultura más respetuosa con el medio ambiente y permitir usos y actividades complementarios y compatibles con las actividades agrarias para mejorar la sostenibilidad económica, social y ambiental del territorio y de las actividades desarrolladas en el ámbito de aplicación de la ley, así como fomentar la participación ciudadana en la toma de decisiones que afecten a la huerta, la soberanía alimentaria, la reconexión campo-ciudad y el impulso de un sistema agroalimentario local.
Sus principales funciones, en materia de ordenación del territorio, son:
• Elaborar el plan de desarrollo agrario o instrumento equivalente, así como su gestión y coordinación, además de elaborar los programas y proyectos que se formulan a su amparo.
• Adquirir o arrendar terrenos y el resto de bienes muebles o inmuebles, materiales o inmateriales, necesarios para el cumplimiento de sus fines.
• Realizar funciones de gestión y mediación para facilitar la cesión de uso o el arrendamiento de parcelas agrarias o fincas rústicas sin cultivar.
Actualidad jurídica
Suscríbase vía email
Comentarios: 0 comentarios