Con efectos desde el 28-3-2018, se tipifica como infracción tributaria el retraso en la obligación de llevar los libros registro a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia mediante el suministro de los registros de facturación y se sanciona con multa pecuniaria proporcional de un 0,5% del importe de la factura objeto de registro, con un mínimo trimestral de 600 euros y máximo de 12.000 euros.
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