Actualidad jurídica Suscríbase vía email

Araba: ganancias y pérdidas patrimoniales. IRPF

Con efectos a partir del 30-9-2017, se introducen las siguientes modificaciones en las ganancias y pérdidas patrimoniales:
a) Se añade a los supuestos en los que no existe una alteración en la composición del patrimonio, la disolución de la comunicación foral de bienes.
b) No existe ganancia o pérdida patrimonial cuando la transmisión lucrativa por causa de muerte se efectúe en uso del poder testatorio por el comisario o en ejercicio del usufructo poderoso o por cualquier título sucesorio con eficacia de presente.
c) En las adquisiciones lucrativas por título sucesorio con eficacia presente (NF Araba 33/2013 art.41.2.b) se toma como valor de adquisición para el adquirente a efectos de futuras transmisiones el que tuvieran en el momento de la entrega por parte del donante al donatario, excepto que este último los transmita antes de que se produzca el fallecimiento del donante. En este caso se subroga, respecto de los valores y fechas de adquisición, en la posición del donante, conservando los que tuviera éste con anterioridad al pacto sucesorio con eficacia de presente.
d) Se establecen nuevas reglas especiales de cálculo de ganancias y pérdidas en los supuestos de enajenación de bienes:
– provenientes o pertenecientes al matrimonio sometido a comunicación foral de bienes; y
– que hayan pertenecido a una herencia pendiente del ejercicio de un poder testatorio o del de un usufructo poderoso.

Imprimir

Envíe su comentario:

(los campos con asteriscos son obligatorios)

Este Blog no dispone de servicio gratuito de asesoramiento, por lo que su comentario solo podrá ser respondido por otros lectores.

Si necesita una respuesta profesional, le recomendamos realice su pregunta desde el siguiente enlace desde donde podrá establecer un contacto privado con un abogado.

Acepto las condiciones legales

Debes superar la prueba del captcha antes de enviar el formulario. ¡Gracias!


Atención al cliente

Si tienes dudas ponte en contacto con nosotros a través de clientes@lefebvreelderecho.com o llamando al 91 210 80 00 o 902 44 33 55.

Por teléfono

Lo más rápido es llamarnos al 91 210 80 00 o 902 44 33 55, te atenderemos de 8:30h a 20:00h de Lunes a Viernes.

Envío gratis

Envío gratuito a partir de 30€ (excepto Canarias, Ceuta y Melilla).

Devoluciones

Hasta dos meses desde que recibes el pedido para devolver la compra si no has quedado satisfecho (excepto Producto Electrónico que son 15 días).