Los nuevos coeficientes son aplicables a efectos de la liquidación de los hechos imponibles del ITP y AJD y del ISD que se devenguen desde el 26-2-2013 hasta el 31-12-2013.
La Orden de referencia también recoge las reglas para la aplicación de los citados coeficientes y la metodología empleada para su obtención.
Por otra parte, y con el fin de posibilitar la valoración de bienes inmuebles situados en el territorio de otra Comunidad Autónoma a partir de valores utilizados por esta última, se regula expresamente la utilización del medio de valoración consistente en la remisión al valor fijado por la Comunidad autónoma en cuyo territorio se sitúa el bien a valorar.
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