Estas subvenciones tienen por objeto contribuir a financiar las obras y, en su caso, las asistencias técnicas necesarias para mejorar la seguridad y la adecuación funcional básica de las viviendas que constituyan residencia habitual y permanente de personas mayores de 65 años o personas con discapacidad que tengan reconocido, al menos, un 40% de grado de discapacidad y movilidad reducida.
La cuantía de las ayudas es del 70% del coste total del presupuesto protegible, que se calcula sumando el coste total de las obras y la asistencia técnica (incluyendo el beneficio industrial, gastos generales, IVA, licencias de obras, permisos y tasas o tributos). A los efectos del calculo de la subvención, el presupuesto protegible tiene un límite total y máximo de 2.000 euros.
Actualidad jurídica
Suscríbase vía email
Comentarios: 0 comentarios