Teniendo en cuenta el mantenimiento de toda la normativa relativa a las reglas específicas de las actuaciones sobre el medio urbano se prevé en la nueva disposición que la delimitación espacial del ámbito de actuación, sea conjunta o aislada, una vez firme en vía administrativa, marque el inicio de las actuaciones a realizar, de conformidad con la forma de gestión por la que haya optado la Administración actuante.
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