Dietas y remuneración de las vacaciones
Las dietas establecidas en el convenio colectivo para compensar al personal que trabaja a turnos no se incluyen en la remuneración de las vacaciones, aunque se perciban habitualmente.
Las dietas establecidas en el convenio colectivo para compensar al personal que trabaja a turnos no se incluyen en la remuneración de las vacaciones, aunque se perciban habitualmente.
A falta de previsión convencional, se entiende que deben considerarse habituales y, por tanto, incluirse en la retribución de las vacaciones aquellos pluses que se hayan percibido en 6 o más meses de entre los 11 anteriores.
Los complementos atribuibles a circunstancias relativas al concreto trabajo realizado pueden ser considerados o no parte de la retribución de las vacaciones, dependiendo de las circunstancias concurrentes en cada caso concreto. En este, los incentivos y comisiones por ventas, así como el complemento de carrera comercial y el plus de disponibilidad se incluyen, pero no el bonus que es de devengo anual y tiene carácter extraordinario.
No sirve para justificar la no inclusión de determinados devengos en la retribución, la utilización de un supuesto mecanismo de compensación.
La normativa de la UE y su interpretación por el TJUE permiten afirmar la necesaria inclusión de las comisiones por ventas en la retribución de vacaciones cuando el salario ordinario las contempla. El Derecho de la UE prevalece sobre las disposiciones y prácticas nacionales, incluidos los convenios colectivos que no pueden excluir dicha retribución variable cuando forma parte del salario ordinario.
La normativa de la UE y su interpretación por el TJUE permiten afirmar la necesaria inclusión de las comisiones por ventas en la retribución de vacaciones cuando el salario ordinario las contempla. El Derecho de la UE prevalece sobre las disposiciones y prácticas nacionales (incluidos los convenios colectivos) que no pueden excluir dicha retribución variable que forma parte del salario ordinario.
Cuando existe un vínculo intrínseco entre las comisiones que el trabajador percibe mensualmente y la ejecución de las tareas que le incumben según su contrato de trabajo, estas deben ser tenidas en cuenta en el cálculo de su retribución global en el periodo de vacaciones.
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