Responsabilidad del administrador por deudas sociales: conocimiento del acreedor de la situación de insolvencia

Actúa con mala fe el acreedor que ejercita una acción de responsabilidad por deudas contra el administrador cuando dicho acreedor -sea por su posición de socio relevante de la sociedad con capacidad de control, por haber participado en la administración o por cualquier circunstancia-, además de conocer la situación económica de la sociedad, hubiera asumido de forma efectiva el riesgo de insolvencia.

Responsabilidad del administrador: cierre de facto versus cese de actividad

El «cierre de facto» de una sociedad es un comportamiento antijurídico de su administrador, que puede acarrear su responsabilidad, lo cual es distinto al mero cese de actividad, que en principio no comporta antijuridicidad.