Procedimientos para el reconocimiento del ingreso mínimo vital iniciados antes del 23-9-2020 en los que no se haya dictado resolución expresa (RS 39/20 22 de Septiembre de 2020 al 28 de Septiembre de 2020)

Para los procedimientos ya iniciados que aún no tengan resolución, se sigue aplicando el plazo de 6 meses desde la presentación de la solicitud, contando los 3 meses que pueden haber transcurrido a 23-9-2020, y se ha de comprobar si se mantiene la condición de vulnerabilidad para que se pueda continuar la tramitación.

Pago a la Seguridad Social a cuenta de cuotas de administraciones públicas, comunidades autónomas, entidades locales y todos los organismos y entidades de ellas dependientes (RS 39/20 22 de Septiembre de 2020 al 28 de Septiembre de 2020)

Con esta nueva regulación se establece una única modalidad de pago para todas las administraciones públicas afectadas, comunidades autónomas, entidades locales y todos los organismos y entidades de ellas dependientes, estableciendo un marco normativo común y homogéneo para mejorar la situación actual integrada por dos sistemas diferenciados para efectuar el pago de las cotizaciones sociales, según la naturaleza local o autonómica de la administración afectada.

Requisitos de acceso al ingreso mínimo vital (RS 39/20 22 de Septiembre de 2020 al 28 de Septiembre de 2020)

Modificaciones en los requisitos de acceso que afectan a la inscripción como demandante de empleo y a los beneficiarios menores de 30 a los que vivan solos.

Obligaciones de las personas beneficiarias (RS 39/20 22 de Septiembre de 2020 al 28 de Septiembre de 2020)

Modificación en las obligaciones de los titulares de la prestación en lo que afecta a la obligación de comunicar las modificaciones en el padrón municipal; salidas al extranjero e inscripción en la oficina de empleo; así como respecto de esta obligación también de las personas integrantes de la unidad de convivencia.