Reducción en base imponible por adquisición de empresa familiar (RF 35/24 27 de Agosto de 2024 al 02 de Septiembre de 2024)

Para comprobar si la actividad económica desarrollada por la causante constituye su principal fuente de renta, el año en que se han de tomar en consideración los rendimientos obtenidos por tal actividad es el del fallecimiento. Pero cuando se trate de una actividad que por su propia naturaleza no sea susceptible de generar beneficios hasta el segundo semestre del año, y además, se haya acreditado que en los ejercicios anteriores dicha actividad era la principal fuente de renta del causante, el año en que se han de tomar en consideración dichos rendimientos es el inmediatamente anterior al del fallecimiento.

Transmisión mortis causa de participaciones en una empresa familiar dedicada a la actividad de arrendamiento de inmuebles (RF 20/24 14 de Mayo de 2024 al 20 de Mayo de 2024)

A efectos de la aplicación de la reducción por la transmisión mortis causa de las participaciones en una empresa familiar dedicada a la actividad de arrendamiento inmobiliario, el TEAC señala que la misma persona que cumple las funciones de dirección, a efectos del ISD, puede ser asimismo el empleado laboral a jornada completa a que se refiere la normativa que califica el arrendamiento inmobiliario como actividad empresarial.

Constitucionalidad de la modificación de la normativa del IIVTNU mediante Real Decreto Ley (RF 13/23 28 de Marzo de 2023 al 03 de Abril de 2023)

El Pleno del Tribunal Constitucional declara la constitucionalidad de la modificación mediante Real Decreto Ley (RDL 26/2021) de la LHL para adaptarla a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional relativa al IIVTNU.

Adquisición por herencia de empresa familiar (RF 28/20 07 de Julio de 2020 al 13 de Julio de 2020)

A efectos de la aplicación de la reducción en el ISD, resulta determinante el tipo de participación que ostenta la persona que ejerce las funciones de dirección.

Adquisición por herencia de fincas rústicas afectas a una actividad

Aunque, con carácter general, en las adquisiciones mortis causa de un empresa familiar se ha de atender a los rendimientos en el año del fallecimiento del causante a los efectos de la aplicación de la reducción en el ISD, existen excepciones atendiendo a las circunstancias particulares de la actividad de que se trate.

Gipuzkoa: base imponible y base liquidable en el ISD

En las adquisiciones mortis causa por parte de determinados familiares de una empresa individual, de un negocio profesional o de participaciones en entidades que estén exentas del Impuesto sobre la Riqueza y las Grandes Fortunas, se incluye la regulación correspondiente a las adquisiciones realizadas con ocasión de pactos sucesorios con eficacia de presente o como consecuencia del ejercicio del poder testatorio.

Novedades en la tributación por donación en Andalucía

Se introduce una reducción a favor de los descendientes con discapacidad y ve incrementada la reducción prevista en relación con la constitución o ampliación de una empresa individual o negocio profesional.

Transmisión lucrativa de participaciones en el ISD

Cuando el donante tiene participación en varias sociedades, a efectos de poder determinar si se cumple el requisito del porcentaje de remuneración exigido a efectos de la exención en el IP, del que depende la aplicación de la exención en el ISD, se han de tomar en consideración la totalidad de los rendimientos del trabajo y actividades empresariales y profesionales.

Transmisión mortis causa de empresa individual

El TEAC cambia de criterio en relación con la reducción en el ISD aplicable en la transmisión mortis causa de empresa individual en relación con el ejercicio a computar a estos efectos.

Reducción por adquisición de empresa familiar

Con motivo del fallecimiento de su padre, el 18-1-2013, los herederos recibieron una serie de acciones, entre las que se encontraban una participación en una SICAV así como una serie de inversiones financieras temporales vinculadas al objeto de la sociedad […]