Reducción de capital mediante amortización de participaciones propias
Tratándose de una sociedad dedicada a la promoción inmobiliaria que recibe entregas a cuenta de la compra de viviendas futuras, con la consiguiente obligación de dicha sociedad de garantizar su devolución en caso de que la vivienda no se entregue en la fecha prevista, a efectos de determinar si la deuda por la devolución de cantidades es anterior o posterior a la fecha de reducción de capital de esa sociedad promotora, hay que tener en cuenta la fecha en que las entregas a cuenta fueron realizadas.