Retención e ingreso a cuenta sobre determinados rendimientos de capital mobiliario en el IRPF, IS e IRNR de Bizkaia (RF 50/24 10 de Diciembre de 2024 al 16 de Diciembre de 2024)
Se actualizan los diseños de registro del modelo 193.
Se actualizan los diseños de registro del modelo 193.
Se han aprobado los coeficientes de corrección monetaria aplicables en el IS en Bizkaia para los períodos impositivos que se inicien durante el año 2025.
Se introduce en el capítulo de otra información con trascendencia tributaria del Libro Registro de operaciones económicas de los contribuyentes del IS una nueva obligación de información para las entidades integradas en las distintas Administraciones Públicas.
Se aprueban los coeficientes de actualización o corrección monetaria para el año 2025.
Se adapta el modelo 270, con el objeto de facilitar y mantener un correcto intercambio de información con las Administraciones Tributarias de nuestro entorno, y en consecuencia una mejora en la gestión tributaria; y para cumplir con la obligación de relacionarse con el departamento de Hacienda y Finanzas exclusivamente por medios telemáticos.
Se adapta el Reglamento del IRPF para adecuarlo a la normativa del impuesto.
Se traslada a nivel reglamentario la modificación ya introducida a nivel normativo del concepto de parejas de hecho; se adecúa la excepción a la obligación de retener e ingresar a cuenta relativa a los intereses percibidos por sociedades de valores, por créditos otorgados para operaciones de compra y venta de valores; y se desarrollan las comunicaciones a realizar por los participantes en la financiación de proyectos de I+D o IT realizados por entidades innovadoras de nueva creación y por entidades de capital-riesgo que obtengan determinadas rentas. Además, se desarrollan los incentivos fiscales para el fomento de la cultura.
Se adecúa a nivel reglamentario la nueva consideración de las parejas de hecho a nivel fiscal.
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