Con efectos a partir del 28-1-2023, y aplicable, por primera vez, a las declaraciones que se presenten a partir del día 1-1-2023, en relación con la información correspondiente al año 2022, se aprueba el modelo 480 de declaración resumen anual del IPS.
Se desarrollan reglamentariamente los incentivos fiscales para el fomento de la cultura y se incorpora un régimen transitorio en relación con el régimen de opción de tales incentivos.
Se han aprobado los coeficientes de corrección monetaria aplicables en el IS en Araba para los períodos impositivos que se inicien durante el año 2023.
Se amplía el plazo voluntario para la presentación e ingreso de autoliquidaciones y declaraciones cuyo plazo de presentación finaliza el próximo 25 de abril.
Se modifican el Reglamento del IRPF, el del IS, el Reglamento para la aplicación del régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, el Reglamento por el que se regulan las obligaciones tributarias formales, el Decreto Foral por el que se desarrolla la Norma Foral de adaptación del sistema tributario de Bizkaia a las peculiaridades del Derecho civil foral del País Vasco, el del ISD y el de Recaudación.
Se introducen novedades en relación con las sociedades patrimoniales, la compensación de las microempresas por las dificultades inherentes a su dimensión, la no integración de rentas, la reserva especial para nivelación de beneficios, la deducción por participación en proyectos de I+D o IT, TicketBAI y las sociedades y fondos de capital-riesgo.
Se introducen diversas medidas en materia de deducciones. En ellas: las deducciones por discapacidad o dependencia y por aportaciones realizadas al patrimonio protegido de la persona con discapacidad, así como para el fomento de las actividades económicas.
Se introducen en el IP modificaciones con la finalidad de ajustar las condiciones que han de concurrir para que las participaciones en el capital de entidades accedan a la exención de bienes y derechos necesarios para el desarrollo de la actividad económica.
Se modifica el modelo 190 al establecer un nuevo porcentaje de exención de los rendimientos íntegros para los y las contribuyentes que se acojan al régimen especial para trabajadores y trabajadoras desplazadas.