Se aprueba un nuevo modelo 587, de autoliquidación del impuesto sobre los gases fluorados de efecto invernadero, el procedimiento y plazos para su presentación, la forma y procedimiento para la solicitud de su devolución y el procedimiento y plazos para el cumplimiento de la obligación de llevanza de la contabilidad de los gases incluidos en el ámbito objetivo del impuesto.
Se incorpora a la normativa foral la normativa europea sobre asimetrías híbridas, de forma que las entidades en régimen de atribución de rentas no dan lugar a la asimetría híbrida, convirtiéndose en contribuyentes del IS cuando se den las condiciones establecidas al efecto. Así, quedan obligadas al cumplimiento de las obligaciones contables y registrales que corresponda al método de determinación de sus rentas, incluidas las que tributan según este impuesto.
Se adapta el precepto foral regulador de la limitación a la deducibilidad de gastos financieros a la normativa europea, que atribuye carácter exhaustivo a la definición de sociedades financieras a las que puede excluirse de la referida limitación.
Se han aprobado los coeficientes de corrección monetaria aplicables en el IS en Bizkaia para los períodos impositivos que se inicien durante el año 2023.
Se aprueban los coeficientes de corrección monetaria para el año 2023.
Se incorpora a la normativa foral la normativa europea sobre asimetrías híbridas, de forma que las entidades en régimen de atribución de rentas no dan lugar a la asimetría híbrida, convirtiéndose en contribuyentes del IS cuando se den las condiciones establecidas al efecto. Así, quedan obligadas al cumplimiento de las obligaciones contables y registrales que corresponda al método de determinación de sus rentas, incluidas las que tributan según este impuesto.
Se modifican las formas de presentación del modelo 130 y del modelo 005 para adaptarlos a la plataforma Zergabidea.