Para hacer frente a la actual situación inflacionista, se exonera del pago fraccionado correspondiente al ejercicio 2022 a determinados contribuyentes que cumplan ciertos requisitos.
Se modifican las cuantías establecidas en determinadas deducciones familiares y personales aplicables a la cuota íntegra del IRPF, con el objeto de mitigar los efectos derivados de la inflación en los contribuyentes.
Con efectos desde el 1-1-2022, se modifican las minoraciones de la cuota correspondientes a la base liquidable general. Además, con vigencia exclusiva para 2022, se crea una nueva minoración extraordinaria para los contribuyentes con una base imponible general igual o inferior a 35.000 euros.
Se modifican los tipos de retención aplicables a los rendimientos del trabajo, así como los establecidos para los trabajadores activos discapacitados.
Con el objeto de reducir y simplificar el cumplimiento de las obligaciones vinculadas al sistema Batuz, se establecen una serie de medidas destinadas a facilitar el tránsito de los contribuyentes hacia el nuevo sistema cuando este adquiera el carácter de obligatorio.
e establecen medidas de apoyo en matera de tributación conjunta, reducciones y deducciones, como consecuencia de las modificaciones introducidas por la Ley 8/2021 de apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica.
Se amplían los supuestos de exención en la percepción de ayudas públicas y se prorroga para el ejercicio 2022, la exención de ayudas extraordinarias para autónomos como consecuencia del impacto COVID.
Se actualizan las reglas especiales de la imputación de rentas en los contratos de seguro de vida.
Se introducen novedades en la reserva especial para nivelación de beneficios y se establece un régimen transitorio.