Modificación irregular del alcance de actuaciones (RF 41/21 12 de Octubre de 2021 al 18 de Octubre de 2021)

El TEAC adapta su criterio a la jurisprudencia del TS y considera que, si bien la modificación del alcance inicial de actuaciones, sin que exista un acuerdo expreso notificado al obligado tributario, sigue calificándose como un defecto procedimiental invalidante que causa indefensión conllevando la anulación del acto, ya no supone, como venía manteniendo, la retroacción de actuaciones.