Cotización durante 2014 en el régimen especial de la mineria del carbón
Se mantiene en los mismos términos que en 2013 el régimen de cotización en la minería del carbón.
Se mantiene en los mismos términos que en 2013 el régimen de cotización en la minería del carbón.
La ley de Presupuestos Generales del Estado para 2014 mantiene, en sus mismos términos, los criterios establecidos en la ley correspondiente a al ejercicio 2013 tanto a efectos de la cotización por contingencias comunes que si corresponde cotizar por este régimen durante la prestación por desempleo
Se fijan los plazos especiales para el ingreso de las diferencias que resulten de la aplicación de las bases de cotización para el ejercicio 2013 respecto de aquellas por las que se ha venido cotizando hasta la fecha.
Han sido actualizadas las bases normalizadas de cotización en la minería del carbón si bien los
Se mantiene en los mismos términos hasta ahora existentes la regulación de la cotización en este régimen especial.
Se mantiene en los mismos términos hasta ahora existentes la regulación de la cotización en este régimen especial.
La Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2012 mantiene en sus mismos términos los criterios establecidos en la ley correspondiente al ejercicio anterior para este régimen especial, al igual que respecto a la cotización en caso de desempleo de nivel contributivo
Establecimiento de las bases normalizadas de cotización por contingencias comunes para cada una de las categorías y especialidades profesionales aplicables durante el año 1990, dentro del ámbito territorial de las zonas mineras primera, segunda, tercera y cuarta.
La bases normalizadas de cotización, por contingencias comunes, para el ejercicio 2012 han sido fijadas por la
Las bases normalizadas de cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes para cada una de las categorías y especialidades profesionales en cada zona minera han sido fijadas con efectos retroactivos desde el 1-1-2012
Atención al cliente
Si tienes dudas ponte en contacto con nosotros a través de clientes@lefebvreelderecho.com o llamando al 91 210 80 00 o 902 44 33 55.
Por teléfono
Lo más rápido es llamarnos al 91 210 80 00 o 902 44 33 55, te atenderemos de 8:30h a 20:00h de Lunes a Viernes.
Envío gratis
Envío gratuito a partir de 30€ (excepto Canarias, Ceuta y Melilla).
Devoluciones
Hasta dos meses desde que recibes el pedido para devolver la compra si no has quedado satisfecho (excepto Producto Electrónico que son 15 días).