Cuota y tributación mínima. IS

El porcentaje mínimo general pasa a ser del 18%. A las microempresas se les aplica un porcentaje mínimo del 13% y a las pequeñas empresas, el 16%. Las entidades parcialmente exentas que tienen el carácter de microempresa tributan al 19%. Las deducciones para evitar la doble imposición interna regulada en la anterior ley foral del impuesto, pendientes de aplicación en los periodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2017 minoran la cuota íntegra, a efectos de determinar la cuota líquida, y la base liquidable, a efectos de determinar la tributación mínima.